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ROL: 26951-2022

CARATULADO: Anonimizado.

Enlace a sentencia


OBJETO:

  • Declarar que la recurrida ha incurrido en conducta ilegal y arbitraria al realizar la publicación de morosidad de su factura n° 16863 en el Boletín DICOM EQUIFAX.
  • Eliminar la publicación en boletín.


AUTORIDAD:

Corte de Apelaciones de Concepción

FECHA:

14/06/2022

TIPO DE ACCIÓN:

Recurso de protección.

Persona jurídica interpone recurso de protección contra publicación en plataforma EQUIFAX de factura cuyo cobro considera prescrito y sin consentimiento. La Corte rechaza el recurso al considerar que la Ley N° 19.628 no protege datos de personas jurídicas.

  • Decisión: Rechazado.
  • Materia sometida a juicio: Publicación de información económico-comercial en DICOM EQUIFAX.
  • Orden del tribunal: No se acoge el recurso; se estima que no existe vulneración de derechos fundamentales.

Rechazado.

  • Recurrente: Muelles de Penco S.A.
  • Recurrido: Sociedad Molina y Molina Ltda.

  • Margarita Elena Sanhueza Núñez.
  • Claudia Andrea Vilches Toro, Redactor.
  • María Francisca Duran Vergara (Fisc.).

Considerando Cuarto: Que asimismo de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 1, 2 letra f) y 18 de la ley 19.628, sobre protección de datos de carácter personal, la protección de los datos de carácter personal sólo rige respecto de las personas naturales, por lo que no resulta aplicable a las personas jurídicas, como la recurrente. Así por lo demás se ha pronunciado la Excma Corte Suprema de Justicia en forma reiterada, pudiendo citarse al efecto resolución del 7 de junio de 2016, causa rol 17.102-2016.

Considerando Quinto: Que, por lo antes considerado, no existiendo norma legal que impida publicar operaciones relativas a facturas que se relacionan con personas jurídicas, el conflicto planteado se sitúa en el ámbito del derecho privado en el que puede realizarse todo aquello que no está expresamente prohibido por la ley, y en consecuencia la conducta de la recurrida no resulta contraria al ordenamiento jurídico.

Muelles de Penco S.A solicita eliminar publicación de boletín de morosos de DICOM EQUIFAX por factura impaga, cuya exigibilidad esta prescrita y no existió acción de cobro.

  • Recurrente: Alega vulneración de derechos constitucionales por publicación arbitraria e ilegal de deuda prescrita, considera que es una actuación de mala fe para presionar el pago de la factura. La publicación de datos financieros debe ser veraz y certera, pues no se considera moroso.
  • Recurrido: Alega falta de legitimación activa pues la Ley Nº 19.628 sólo protege datos de personas naturales.

La Corte niega el recurso de protección por no tratarse de datos personales.

Sin información.

Sí, impugnada ante la Corte Suprema causa rol Nº 25.521-2022.

  • Ley N° 19.628.
  • Constitución Política de la República, Art. 19 Nº4.

Sin Información.

Derecho a la vida privada, Datos personales de carácter económico, Publicación de antecedentes comerciales, Responsabilidad de empresas privadas.

Alan Dvorquez.


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