1. Inicio keyboard_arrow_right

2295-2024




Tipo de acción

Recurso de protección.

Rol

2295-2024

Caratulado

Anonimizado.

Sumario

Recurrente interpone recurso de protección contra su expulsión de la Universidad Católica del Norte, alegando vulneración de derechos fundamentales, entre ellos, el derecho a la vida, la igualdad, el debido proceso y la confidencialidad de datos sensibles. La Corte rechaza el recurso, considerando ajustado a derecho el proceso disciplinario y la conducta de la psicóloga interviniente.

Objeto del procedimiento

Recurrente solicita que se deje sin efecto expulsión universitaria y que se ordene su reingreso a la casa de estudios, condenando en costas a la recurrida.

Resultado

Rechazado.

Partes

  • Recurrente
  • Universidad Católica del Norte.

Ministros

  • Juan Opazo L.
  • Jaime Aníbal Rojas M.
  • Rodrigo Alejandro Padilla B (Fisc.).

Descriptores

Derecho a la vida, Derecho a la honra, Derecho a la vida privada, Derecho a la igualdad ante la ley, Datos sensibles, Responsabilidad de organismos públicos, Recurso de protección.

Normativa aplicable

  • Constitución Política de la República, art. 19.
  • Constitución Política de la República, art. 20
  • Código Penal, art. 206
  • Código Penal, art. 296 bis.
  • Ley 19.628.
  • Ley 20.584.

Antecedentes de hecho

La recurrente fue expulsada de la institución UCN. La medida disciplinaria se fundó en declaraciones que habría realizado en una sesión con una psicóloga institucional, donde manifestó intenciones de agredir a la Jefa de Carrera de Psicología y la posibilidad de conseguir un arma. La psicóloga informó dichas declaraciones a las autoridades universitarias, lo que motivó una investigación sumaria que culminó con la expulsión. La recurrente fue notificada por correo institucional, pero no respondió a las citaciones.

Alegaciones relevantes

  • Recurrente: Alega vulneración de los derechos a la vida, integridad física y psíquica, igualdad ante la ley, debido proceso y propiedad sobre su matrícula. Sostiene que el proceso disciplinario fue injusto y que no se respetó el derecho a defensa. Reprocha además una infracción a la confidencialidad por parte de la psicóloga, quien habría transgredido el secreto profesional.
  • Recurrida (Universidad): Defiende la legalidad del proceso disciplinario, el cual fue instruido por un fiscal externo y debidamente notificado. Justifica la expulsión en la necesidad de proteger a la comunidad universitaria frente a amenazas graves. Reafirma que la psicóloga actuó conforme a la obligación legal de denunciar hechos que podrían constituir delito, conforme al artículo 175 del Código Procesal Penal.

Resumen de la decisión

Se concluye que no hubo un acto ilegal o arbitrario por parte de la UCN en la expulsión de la recurrente, ya que el proceso disciplinario llevado a cabo por la universidad cumplió con el Reglamento de Permanencia de dicha institución, por lo que la sanción de expulsión fue aplicada correctamente. Por último, se desestimó la alegación de que la psicóloga de la había violado la confidencialidad al informar sobre las amenazas, ya que argumentó que esta estaba obligada a denunciar los hechos, en virtud del artículo 175 del Código Procesal Penal.

Considerandos relevantes

“Considerando Décimo: Que, asimismo, se tendrá que descartar la alegación de la recurrente en torno a que la psicóloga de la universidad habría informado datos sensibles de su estado de salud, toda vez que, de conformidad con el artículo 175 del Código Procesal Penal, la profesional de la salud de la universidad tenía la obligación de denunciar delitos perpetrados contra los profesionales y funcionarios del establecimiento educacional al interior de sus dependencias o mientras éstos se encontraren en el ejercicio de sus funciones, cuya omisión incluso acarrea la pena prevista en el artículo 494 del Código Penal o la que señalen disposiciones especiales, según el artículo 177 del Código Procesal Penal”.

Disidencias y prevenciones

Sin información.

Impugnada

No

Análisis de sentencia realizado por:

Rosario Jungmann Velozo.

Comparte esta publicación

Twitter Facebook email
Información
local_offer   Tema