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MATURANA/ BANCO SCOTIABANK. Rol 138653-2020, Corte Suprema

CARATULADO: Anonimizado.



Autoridad: Corte Suprema

Materia: Datos comerciales, financieros y bancarios. Redes sociales, derecho a la honra y expresión en línea.

Submateria: Protección de Datos Financieros

Tipo de acción: Civil.

Rol: 138653-2020

Caratulado: MATURANA/ BANCO SCOTIABANK

Fecha: 22/12/2020

Sumario: Recurso de Protección.

Objeto del procedimiento: Al escrito folio Nº 191482-2020: al segundo otro sí, no hay lugar a los alegatos solicitados.

Resultado: Se confirma la sentencia apelada.

Partes: María José Maturana Lizama y en conjunto BANCO SCOTIABANK CHILE S.A. y COMISIÓN PARA EL MERCADO FINANCIERO.

Ministros: Ministros Sr. Sergio Muñoz G., Sra. Ángela Vivanco M., Sra. Adelita Ravanales A., Sr. Rodrigo Biel M., (s) y Sr. Juan Pedro Shertzer D. (s).

Descriptores: Acción de Protección, Dicom y datos personales financieros, Derecho a la privacidad, Deuda Universitaria, Comisión para el Mercado Financiero.

Normativa aplicable: Artículo 20 de la CPR, artículo 19 Nº 12 de la CPR, artículo 14 de la Ley General de Bancos, artículo 1, 2, 6 y 17 de la Ley de Protección de la Vida Privada, Ley 21.214, Ley 18.591, Ley 19.287, Ley 20.027.

Antecedentes de hecho:

María José Maturana Lizama, técnico en párvulo, suscribió un contrato de línea de crédito para estudiantes de educación superior con el Banco del Desarrollo asociado a la entidad bancaria Scotiabank, la que le entrega su información personal financiera a la Comisión para el mercado financiero en el que aparece con deudas morosas. Sin embargo ella ya saldó el montó y Scotiabank no la ha borrado de los registros.

Ante esa situación, la recurrente deduce un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Rancagua, en favor de ella y en contra de Scotiabank y de la Comisión para el Mercado Financiero. Sin embargo, se rechaza el recurso porque la prueba que sustentaba la vulneración de derecho ya no existía.

Alegaciones relevantes:

Se alega compartir información de datos personales financieros, sin ningún tipo de consentimiento por parte del sujeto en cuestión y no borrar de los registros la morosidad. 

Se Alega que la demandante no cumplió el plazo de 30 días que se establece desde que ella supo los hechos para acudir a la justicia, por lo que la acción interpuesta no es idónea.

Resumen de la decisión:

Se confirma la Sentencia apelada de cinco de noviembre de dos mil veinte, dictada por la Corte de Apelaciones de Rancagua. (V.1).

Acordado con el voto en contra del Ministro señor Muñoz, quien fue del parecer de revocar el fallo impugnado y, en consecuencia, acoger la acción de protección. Sin embargo, la Tercera Sala se la CS, la que explicita aceptar los alegatos en contra de Maturana, pero determina que los alegatos solicitados por la recurrente son no ha lugar. (V.1).

Considerandos relevantes: V.1.

Disidencias y prevenciones: 

Acordado con el voto en contra del Ministro señor Muñoz, quien fue del parecer de revocar el fallo impugnado y, en consecuencia, acoger la acción de protección. 

En este sentido, el ministro comienza relatando el conflicto y considera que Scotiabank no actuó ilegalmente al entregar los datos a la Comisión para el Mercado financiero, pero cree relevante entrar en el fondo del asunto a pesar de que no existe la prueba de la recurrente, ya que el asunto para él constituye una amenaza latente. Asimismo, cree que las instituciones que manejan estos datos deben demostrar fundadamente el interés legítimo de compartirse esta información y que Scotiabank actuó de manera ilegal al no borrar los datos financieros de una cuenta que ya se encontraba fuera de morosidad, lo que produce una amenaza cierta, como lo menciona en un inicio por lo que considera pertinente acoger lo solicitado por María José Maturana.

Impugnada: Sí. Se confirma la sentencia apelada de cinco de noviembre de dos mil veinte, dictada por la Corte de Apelaciones de Rancagua, estableciendo que no a lugar las alegaciones de la recurrente, pero sí se consideran las alegaciones de los recurridos, es decir, de Scotiabank y la Comisión para el Mercado Financiero.

Resultado Impugnación: Acogida parcialmente.

Decisiones, oficios, fallos relacionados: Rol 11804-2020 de la Corte de Apelaciones de Rancagua. 

Otros documentos o artículos académicos citados en la decisión: N/A.

Análisis de sentencia realizado por Andrea Pérez.


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