1. Inicio keyboard_arrow_right

ROL: 514-2018

CARATULADO: Anonimizado.

Enlace a sentencia


OBJETO:

  • Determinar la legalidad de la publicación de datos comerciales de una persona jurídica sin su consentimiento expreso.


AUTORIDAD:

Corte de Apelaciones de Chillán.

FECHA:

17/07/2018

TIPO DE ACCIÓN:

Recurso de protección

Agroindustrias San Francisco Limitada interpone recurso de protección en contra de Servicios Equifax Chile Limitada por mantener publicada información de 127 facturas emitidas por Zeal Chile S.A., sin consentimiento expreso. La Corte acoge el recurso, ordenando la eliminación de dicha información por afectar el derecho a la honra y la libertad económica de la recurrente.

  • Decisión: Se acoge.
  • Materia sometida a juicio: Publicación de facturas sin consentimiento de la persona jurídica en boletines de morosidad.
  • Orden del tribunal: Eliminar de los registros de morosidad las facturas relativas a la recurrente dentro de cinco días.

Acogido.

  • Recurrente: Agroindustrias San Francisco Limitada.
  • Recurrido: Servicios Equifax Chile Limitada.

  • Darío Fernando Silva Gundelach, Presidente.
  • Claudio Patricio Arias Córdova.
  • Solón Rodrigo Vigueras Seguel (Fisc.), Redactor.

Considerando Séptimo: “Que en cuanto a la legitimación de la recurrente, se dirá que no existe disposición, en la ley 19.628, que excluya a las personas jurídicas como titulares de la protección que se concede por dicho cuerpo normativo al tratamiento de los datos personales. Tampoco resulta admisible sostener que una persona jurídica por el sólo hecho de ser tal se encuentre en una situación permanentemente desmejorada respecto de sus derechos constitucionales, considerando que la finalidad de la legislación es evitar las perniciosas consecuencias que pudiera tener la descontrolada divulgación de los referidos datos, cuestión que ciertamente en el caso de éstas, puede tener un impacto incluso mayor que en el de las naturales, por lo que no será oído el alegato de la recurrida sobre este aspecto”.

Considerando Noveno: “Que, en consecuencia, por no revestir las facturas materia del presente recurso ninguna de las calidades referidas en el inciso 1° del artículo 17 citado en el motivo anterior, para que procediera la comunicación y posterior inclusión de ésta en el Informe emitido por la recurrida, era necesario, que en ella constara el asentimiento expreso del deudor, autorización que no existió en la especie y, por consiguiente, la publicación de la referida factura es ilegal al transgredir lo dispuesto en el citado precepto. Se descarta así la postura de la recurrida en orden a que las facturas estarían irrevocablemente aceptadas, y que por ello no habría ilegalidad, pues, la voz “expreso”, exige una clara manifestación de voluntad del deudor, de carácter indubitada, en los términos del inciso segundo recién transcrito, que no concurre.”

Agroindustrias San Francisco Limitada detectó que Servicios Equifax Chile Limitada había mantenido la publicación de 127 facturas emitidas por Zeal Chile S.A. entre 2011 y 2017. Solicitó su eliminación al no mediar consentimiento expreso, conforme al artículo 17 de la Ley N° 19.628. Servicios Equifax Chile Limitada negó la solicitud, indicando que dicha ley solo protege a personas naturales. Agroindustrias interpuso recurso de protección por vulneración de su honra y libertad económica.

  • Agroindustrias San Francisco Limitada: Alega que la publicación de facturas vulnera su derecho a la honra y la libertad económica, ya que no consta su consentimiento expreso.
  • Servicios Equifax Chile Limitada: Sostiene que las facturas fueron irrevocablemente aceptadas y que la Ley N° 19.628 no se aplica a personas jurídicas.

La Corte acoge el recurso considerando que la protección de la Ley N° 19.628 también puede alcanzar a personas jurídicas cuando se vulneran sus derechos constitucionales, y que la publicación sin consentimiento expreso resulta ilegal.

N/A.

Sí, ante la Excelentísima Corte Suprema. Causa rol N° 18.680-2018.

  • Constitución Política de la República, art. 19.
  • Constitución Política de la República, art. 20.
  • Constitución Política de la República, art. 21.
  • Código Civil, art. 20.
  • Código Civil, art. 2493.
  • Ley N° 19.983.
  • Ley N° 19.628, art. 2.
  • Ley N° 19.628, art. 17.
  • Ley N° 20.956.

Derecho a la honra, Derecho de supresión, Datos personales de carácter financiero, Responsabilidad de empresas privadas, Registros públicos y boletines oficiales, Tratamiento sin consentimiento, Ley N° 19.628, Constitución Política de la República (Art. 19 N°4), Recurso de protección, Corte de Apelaciones (CA).

Sofía Victoria Díaz Barberán.


Comparte esta publicación

Twitter Facebook email
Información
local_offer   Tema